La medida alcanzaría a unas 10 millones de personas entre jubilados, beneficiarios del AUH y trabajadores con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
Este viernes 1 de enero entró en vigencia el nuevo Plan Básico Universal obligatorio para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, conexión fija a internet y tv por suscripción, con el objetivo de favorecer la universalización del acceso a esos servicios a los sectores con menores ingresos y la población vulnerable, estimada en más de 10 millones de argentinos.
Entre los planes creados en el marco del plan básico universal obligatorio, Cafiero precisó el 18 de diciembre pasado que en el caso de la telefonía móvil tiene un precio de $150 bajo el sistema prepago; mientras que en la telefonía fija es de $380 por mes.
Los nuevos planes tienen como beneficiarios a:
● Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
● Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
● Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
● Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
● Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
● Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
● Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
● Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
● Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
● Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
● Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
● Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
● Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
● Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
● Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
La reglamentación de la Prestación Básica Universal obligatoria (PBU) es la principal novedad de la reglamentación del DNU. La creación y la reglamentación de la PBU reflejan el carácter inclusivo de la norma y son una inequívoca señal de política pública dirigida a sostener la asequibilidad a servicios esenciales para millones de argentinas y argentinos beneficiarios de planes sociales.
Se trata de una reglamentación del ENaCom del decreto con el que se habían declarado como «servicios público esenciales y estratégicos en competencia» a la telefonía celular, Internet y la televisión paga. Ese decreto también congeló los servicios hasta el 31 de diciembre de este año. Por lo tanto, a partir del 1 de enero, las empresas podrían aumentar la tarifas pero se verán obligadas a ofrecer estas prestaciones básicas.
Los planes
A partir del 1 de enero, las prestadoras deben incluir y poner a disposición estos planes básicos.
En telefonía fija: se trata de un plan de 300 minutos locales y llamadas de largas distancias nacionales con llamadas entrantes ilimitadas por 380 pesos por mes, con impuestos incluidos.
Telefonía celular: Habrá un plan de 150 pesos que incluye 500 SMS, whatsapp o servicios de mensajerías similares ilimitados (sin video) 500 minutos de llamadas entre las misma compañía y 50 a otras empresas. Por 200 pesos, se agrega un paquete de datos de 1GB. O se puede optar por 50 mb por día por 18 pesos cada día.
Servicios de Internet: Los prestadores con más de 50.000 accesos totales, deberán ofrecer 10 Mbps a 700 pesos por mes en el AMBA y 5 en el resto del país. Los prestadores que posean entre 2.000 y 50.000 accesos totales, ofrecerán 5 Mbps por el mismo valor. O el beneficiario también podrá optar por acceder al plan de menor velocidad ofrecido por la compañía con un descuento del 30 por ciento.
Televisión por suscripción: Los beneficiarios podrán acceder a descuentos de entre un 20 a un 40 por ciento en el plan de menor valor.
El Gobierno explicó que esta medida se inscribe en una política inclusiva con tres ejes:
1. La incorporación de la reglamentación asimétrica del DNU 690/20, tal y como reclamaron PyMEs y cooperativas y planteó también el presidente Alberto Fernández. La asimetría se verifica tanto en las Prestaciones Básicas Universal (PBU) como en la autorización de incremento de precios para enero 2021, lo que va de la mano con la importancia que las PyMEs y cooperativas tienen para el gobierno nacional.
2. La implementación del Fondo de Servicio Universal al servicio de la conectividad de barrios populares, de zonas rurales y semi-rurales y con la plena marcha del Plan Conectar que moderniza la red federal de fibra óptica (ReFeFO), recupera el plan satelital y también la tv digital abierta, siempre con criterio inclusivo.
3. La formalización del Reglamento de Compartición de Infraestructuras Pasivas, que habilita marcos de competencia en un sector cuyas redes e infraestructuras son esenciales para la producción, el trabajo y la vida cotidiana. Con este reglamento postes y ductos están habilitados para que puedan ser utilizados por distintas empresas, lo que es un estímulo a la competencia y ciertamente corrige barreras artificiales de entrada y abusos de posición dominante en este mercado.
Comunicado de Movistar
La actualización de precios autorizada por ENACOM, que impone un tope máximo del 5% para los servicios de telefonía móvil y fija, internet y TV paga a partir de enero 2021, resulta insuficiente para cubrir los costos operativos de la industria. Dicho porcentaje está muy por debajo de la inflación relevada por el INDEC durante los últimos 12 meses; por lo tanto está desactualizado, y atenta de manera directa contra el desarrollo y la sustentabilidad del sector.
No se comprende cuál es el racional técnico que toman las autoridades para fijar sólo un 5% de actualización de precios cuando es sabido que la industria de las telecomunicaciones y las TICs, que genera empleo de calidad para 80 mil personas en el país, es de capital intensivo. La tecnología evoluciona a pasos acelerados y demanda permanentemente un despliegue de infraestructura que garantice conectividad de calidad en diferentes zonas del país; la actualización de precios propuesta por las autoridades va en contrasentido de cualquier atisbo de visión de crecimiento y desarrollo.
Tampoco resulta consistente encontrar explicación a tal medida en el Índice de Precios del Consumidor 2020 (IPC), en el que las Comunicaciones fueron uno de los rubros que menos variación sufrió a lo largo del año, quedando 16 puntos por debajo de otros servicios, e incluso, hasta más de 20 puntos por debajo de la media de este índice.
El atraso significativo que se da en materia de actualización de precios también tiene un impacto negativo directo en el gran desafío que tiene el país de achicar la brecha digital: afecta la igualdad de oportunidades para todos los argentinos; limita la evolución de los ecosistemas regionales y de las PyMes; y posterga la inserción del país al grupo de naciones más desarrolladas digitalmente.
Respecto a la reglamentación sobre la Prestación Básica Universal Obligatoria para internet, telefonía fija y móvil y TV paga, analizaremos en profundidad los alcances e implementación del anuncio.
La posición de Telecom
El DNU N°690/20 cambió drásticamente las reglas de juego del sector al encuadrarlo como servicio público “en competencia”, congelando sus precios, algo que no existe en ninguna parte del mundo. El gobierno ha buscado intervenir en la gestión, eliminando incentivos para la innovación y la competencia.
Ahora con su reglamentación que determina un aumento del 5% para los servicios de telefonía fija, telefonía celular, TV por suscripción e internet, está destruyendo la ecuación económica de las empresas TIC, poniendo en riesgo la calidad de los servicios que prestan, su desarrollo, sus miles de puestos de trabajo directos e indirectos y con consecuencias en muchos casos, irreversibles.
La telefonía móvil prepaga (60% de las líneas) y la telefonía fija tienen el mismo precio desde noviembre de 2019. Para el resto de los servicios el último aumento fue en marzo del 2020 y la inflación a diciembre fue del 30%. Los planes de conectividad inclusiva de Telecom alcanzan a 600.000 clientes y más de 700.000 clientes mantienen sus servicios aún cuando tengan hasta siete (7) facturas impagas. Nos ocupamos de la población más vulnerable desde el comienzo de la cuarentena.
Los números hablan por sí solos y son conocidos por las autoridades. Un aumento del 5% no nos permite seguir trabajando como lo hicimos hasta ahora.
El sector de las telecomunicaciones es uno de los sectores más competitivos, con mejores posibilidades de generar empleos de calidad, exportar divisas, atraer inversiones y mejorar las condiciones de competitividad de toda la economía del país.
Eso fue posible gracias a la inversión privada, con fondos propios de la empresa y con financiamiento internacional, basado en la performance y la confianza demostrada por Telecom Argentina desde 2016 a la fecha.
Esta industria no pudo contar con el Estado como su socio estratégico, para generar consensos que aseguren su desarrollo estratégico, garantizando y expandiendo sus prestaciones en condiciones de mercado, como lo fue hasta el dictado del DNU 690/20.
Si este es el camino que el Gobierno Nacional elige para el sector de la industria TIC, será también el de las oportunidades perdidas.